Cómo hacer un contrato
de alquiler
Un contrato de alquiler no es
otra cosa que un acuerdo firmado entre dos partes,
el arrendador y el arrendatario, que regula el
alquiler de un piso. No es la única manera
de sellar este tipo de acuerdos (también
se admiten los contratos verbales), pero sí
la más recomendable, ya que deja constancia
escrita del mismo.
Partes de un contrato de
alquiler
Un contrato de alquiler, generalmente,
se divide en tres partes (Datos personales y motivo
del alquiler, cláusulas, y firmas)
Parte 1. Encabezado
Recoge los siguientes puntos:
lugar y fecha en que se firma el contrato; datos
personales del arrendatario y del arrendador (NIF
y domicilio); motivo del contrato (en nuestro
caso alquiler).
Parte 2. Cláusulas
del contrato
La segunda parte del contrato
contiene las cláusulas, que desarrollarán
todas las partes del acuerdo que se formaliza
entre las dos partes. Las cláusulas más
importantes serán las que aclaren los siguientes
puntos: duración del alquiler y plazo de
prórroga del mismo; precio del alquiler;
forma de pago del alquiler; precio de la fianza;
qué parte pagará los gastos de comunidad
y el consumo de electricidad, de agua y de gas;
la posibilidad de que el arrendatario pueda o
no hacer obras dentro del domicilio; la obligación
del arrendador de entregar el piso en perfectas
condiciones y la responsabilidad del arrendatario
de pagar todos los desperfectos que pueda causar.
Parte 3. Firma
Muy importante: hay que leer
muy bien un contrato antes de firmarlo. Si no
estas conforme con alguna cláusula no firmes.
Ejemplo de modelo contrato
de alquiler: Arrendamiento de finca
Se considerarán arrendamientos rústicos
todos los contratos mediante los cuales se ceden
temporalmente una o varias fincas para su aprovechamiento
agrario, pecuario o forestal, a cambio de precio
o renta.
REUNIDOS
Don ____________________, mayor de edad,
con D.N.I _____________, vecino de ______________,
con domicilio en calle _________________________,
de una parte; Don ____________________,
mayor de edad, con D.N.I _____________,
vecino de ______________, con domicilio
en calle _________________________, de
otra; Acuerdan celebrar un CONTRATO DE
ARRENDAMIENTO, atendiendo a las siguientes:
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CLÁUSULAS
1. Que Don ____________________, arrendador,
es propietario de la finca siguiente (describir)
que se encuentra inscrita en el Registro
de la Propiedad de ________________, con
el número ____ del Libro ___.
2. Que el arrendador cede en arrendamiento
la finca descrita a Don ____________________.
3. El arrendamiento tendrá una
duración de ____ años a
partir de la fecha de hoy. (Establece
la Ley 49/2003 de 26 de Noviembre, sobre
Arrendamientos Rústicos, en su
art. 12, que la duración mínima
del arrendamiento es de 3 años).
4. Terminado el plazo contractual el arrendatario
podrá poner a disposición
del arrendador la posesión de las
fincas arrendadas.
5. El arrendador, para recuperar la posesión
de las fincas al término del plazo
contractual, deberá notificarlo
fehacientemente al arrendatario con un
año de antelación.
6. De lo contrario, si el arrendatario
no pone a disposición del arrendador
la posesión de las fincas arrendadas
al término del plazo, el contrato
se entenderá prorrogado por un
período de 3 años. Tales
prórrogas se sucederán indefinidamente
en tanto no se produzca la denuncia del
contrato.
7. La renta anual a satisfacer por el
arrendatario es de _____ euros que ingresará
dentro de los siete primeros días
de cada año en el número
de cuenta que Don ___________________
tiene abierta en la Entidad Bancaria _______________,
sucursal _____________.
8. La renta se actualizará mediante
el sistema __________________ que las
partes contratantes han estimado oportuno;
actualizándose la renta para cada
anualidad por referencia al índice
anual de precios al consumo.
9. El arrendatario tiene derecho a determinar
el tipo de cultivo, sin perjuicio de su
obligación de devolver la finca
al terminar el arriendo en el estado en
que la recibió y de lo dispuesto
sobre mejoras en la Ley 49/2003 de 26
de noviembre, de Arrendamientos Rústicos.
10. Tanto el arrendador como el arrendatario
se obligan a permitir la realización
de las obras, reparaciones o mejoras que
deba o pueda realizar la otra parte contratante,
realizándose tales reparaciones
o mejoras en la época del año
y en la forma que menos perturben, salvo
las que no puedan diferirse.
11. Serán de cuenta del arrendador
las obras, mejoras o inversiones que por
Ley o resolución judicial o administrativa
firme o por acuerdo firme de la comuinidad
de regantes sobre la modernización
de regadíos para el cambio del
sistema de riego, hayan de realizarse
sobre la finca arrendada.
12. El arrendador se obliga a realizar
todas las obras y reparaciones necesarias
con el fin de conservar la finca en estado
de servir para el aprovechamiento o explotación
a la que se destina la finca.
13. Incumben al arrendatario las reparaciones,
mejoras e inversiones que sean propias
del empresario agrario en el desempeño
normal de su actividad y las que vengan
impuestas por la ley o por resolución
judicial o administrativa firmes, o por
acuerdo firme de la comunidad de regantes
relativo a la mejora del regadío
que sea también propia del empresario
agrario en el desempeño normal
de su acitvidad.
14. Para la cesi&oacte;n y el subarriendo,
se estará a lo pactado por las
partes _________________, debiendo ello
referirse a la totalidad de la finca y
debiendo otorgarse por todo el tiempo
que reste del plazo del arrendamiento,
por una renta que no podrá´
superar a la pactada entre arrendador
y arrendatario.
15. El arrendatario para ceder o subarrendar
la finca precisará, en todo caso,
el consentimiento expreso del arrendador.
16. Podrá resolverse el contrato
a instancia del arrendador cuando concurra
alguna de las causas siguientes:
I. Falta de pago de la renta.
II. Incumplir gravemente la obligación
de mejora o transformación de la
finca a las que el arrendatario se hubiese
comprometido y a aquellas otras que vengan
impuestas por norma legal o por resolución
judicial o administrativa.
III. No explotar la finca aun parcialmente,
o destinarla en todo o en parte a fines
o aprovechamientos distintos a los previstos
contractualmente.
IV. Subarrendar o ceder el arriendo con
incumplimiento de algunos de los requisitos
del art. 23 de la Ley 49/2003 de 26 de
noviembre, sobre Arrendamientos Rústicos.
V. Que el arrendatario cause graves daños
en la finca con dolo o negligencia manifiesta.
VI. Aparición sobrevenida de alguna
de las circunstancias contempladas en
el art. 71 de la Ley 49/2003 de 26 de
noviembre, sobre Arrendamientos Rústicos.
1. Tanto el arrendador, como el arrendatario,
podrán rescindir el contrato por
incumplimiento de la otra parte de satisfacer
gastos de mejoras y conservación,
en los términos de los arts. 18,
19 y 20 de la Ley 49/2003 de 26 de noviembre,
sobre Arrendamientos Rústicos.
2. En todo lo no dispuesto en el presente
contrato se estará a lo dispuesto
en el Código Civil, en sus arts.1542
y siguientes, y en la Ley 49/2003 de 26
de noviembre, de Arrendamientos Rústicos.
3. Para la resolución de cualquier
problema acerca del cumplimiento de este
contrato, se someten ambas partes a la
Jurisdicción de los Tribunales
de ________________, renunciando expresamente
al fuero propio.
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| Y en
prueba de su conformidad, firman Don _________________y
Don _______________ el presente contrato de
ARRENDAMIENTO, en la ciudad de _____________
a __ de __ de 20__. |
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